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YA ESTÁ AQUÍ LA REDUCCIÓN DE COTIZACIÓN EN LOS CONTRATOS INDEFINIDOS

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            El BOE del sábado ha publicado el R.D. Ley de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida aprobado por el gobierno, que está ya vigente al día de hoy.

            Son reducciones en la cotización que afectan a la cuota patronal por contingencias comunes en los nuevos contratos indefinidos, celebrados entre el 25 de febrero y el 31 de diciembre de 2014.

            Las cuantías de la cotización son de 100 €, 75 € ó 50 € mensuales, según sean contratos a tiempo completo o a tiempo parcial, con un mínimo del 75% y 50% de jornada, respectivamente.

            La duración de estas medidas se fija en 24 meses; durante los doce meses siguientes, si la empresa tiene menos de diez trabajadores, podrá tener una reducción del 50% de la cuota por contingencias comunes del trabajador contratado.

            Entre los requisitos y condiciones, además de los generales de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y de seguridad social, destacamos el de mantener durante tres años el nivel de empleo indefinido y el nivel de empleo total alcanzado con la contratación que obtiene la reducción.

            Como en toda medida de bonificación o reducción, el decreto incorpora una serie de exclusiones, por lo que es necesario analizar detenidamente cada caso. El incumplimiento de los requisitos o la aplicación indebida de la reducción conllevan la obligación de reintegro, además de la posible sanción.

                         

                                                                                   SERPYME-LABORAL // MARZO.2014

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
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        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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