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AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE RESOLUCIÓN DE LOS ERTES EN CINCO DÍAS

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          El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy, 31 de marzo, una resolución de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se acuerda la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor, que tengan su causa en el COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma.

 

        Se justifica esta resolución en que el número de solicitudes formuladas en la comunidad autónoma hacen presuponer un difícil cumplimiento del plazo máximo de resolución (5 días); según explica, el impacto negativo de carácter estructural sobre el empleo y la economía, para trabajadores y empresarios, exige a la Administración ser rigurosa en su aplicación, y es obligado examinar y constatar la existencia de la fuerza mayor alegada, caso por caso, para evitar que se produzcan autorizaciones no ajustadas a la legalidad.

 

          De esta manera, se amplía el plazo previsto en el art. 22.2c) del R.DLey 8/2020 en cinco días.

 

          Aquí podéis acceder al contenido íntegro de la resolución http://bocyl.jcyl.es/boletines/2020/03/31/pdf/BOCYL-D-31032020-2.pdf

 

         Y la orden de la Consejería de Empleo e Industria http://bocyl.jcyl.es/boletines/2020/03/31/pdf/BOCYL-D-31032020-1.pdf

 

 

                                                                     SERPYME //  30.03.2020

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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