COVID-19 MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN EL AMBITO TRIBUTARIO, MERCANTIL Y FINANCIERO

           Entre las medidas aprobadas podemos destacar, las que afectan a los ámbitos tributario, mercantil y financiero.

 

          Lo que si se permite, como se estableció en el Real Decreto-ley publicado el pasado viernes, es el aplazamiento del pago de las deudas tributarias hasta 6 meses, sin intereses de demora durante los 3 primeros meses, siempre y cuando el deudor sea persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.

          Os mantendremos informados de cuantas novedades se vayan produciendo.

 

                                                           SERPYME// 18 de marzo de 2020

 

MEDIDAS URGENTES EXTRAORDINARIAS. BOE NÚM. 73, R.D.LEY 8/2020: 

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf

 

   

 #asesoriaenleon #asesoriadeempresas #asesoriajuridica #aseorialaboral #aseoriafiscal #asesoriaserpyme #serpyme