EL NUEVO MODELO DE NÓMINA

 

El Ministerio de Empleo y Seguridad social ha aprobado un nuevo modelo de recibo individual justificativo del pago de salarios, que tendrá que ser adaptado en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la orden publicada en el BOE el 11/11/2014.

Hasta ahora, en los recibos de retribuciones se incorporaban los datos de cotización a la Seguridad Social a cargo del trabajador, es decir, las aportaciones de éste a las contingencias comunes, formación profesional y desempleo. 

El nuevo modelo aprobado incorpora la determinación de los bases y tipos de a cargo de la empresa, así como las cuantías resultantes de cada una de las contingencias y conceptos de recaudación conjunta. 

Esta modificación cumple el mandato del art. 104.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece: 

“El empresario descontará a sus trabajadores, en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones, la aportación que corresponda a cada uno de ellos, Si no efectuase el descuento en dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo.

En los justificantes de pago de dichas retribuciones, el empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando, de acuerdo con lo establecido en el art. 103.2, la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario y la parte que corresponde al trabajador, en los términos que reglamentariamente se determinen.”

Nuestra Asesoría, como siempre, llevará a cabo la adaptación al nuevo modelo para dar puntual cumplimiento a la modificación reglamentaria. 

 

SERPYME // 24.11.2014