EL PERMISO POR PATERNIDAD SE AMPLÍA A CINCO SEMANAS

 

       Desde hoy, con la entrada en vigor de la modificación que opera la Ley de Presupuestos Generales del Estado, la suspensión del contrato por paternidad tendrá una duración de 5 semanas, ampliables en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

      

       Será ininterrumpido en su disfrute, salvo la última semana del periodo total, que podrá disfrutarse de forma independiente – previo acuerdo entre empresa y trabajador -, dentro de los nueve meses siguientes al nacimiento.

 

 

        Y también la cuantía de la prestación económica será la misma, aunque se deje la última semana para disfrutarla de forma independiente, ya que se abonará la correspondiente a la primera fracción del descanso.

 

        La Disposición Final 38ª de la Ley 6/2018 lleva a cabo las modificaciones necesarias en el Estatuto de los Trabajadores, Estatuto Básico del Empleado Público y Ley General de la Seguridad Social para el reconocimiento de este derecho.

 

                                                           SERPYME  //  05.07.2018

    


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