La Inspección de Trabajo ha publicado información sobre los primeros resultados de actuaciones en relación con la obligación de registro de jornada laboral, en vigor desde el 12 de mayo de este año, es decir, hace seis meses. En este tiempo transcurrido, más de 5.000 actuaciones de este organismo han sido relacionadas con la obligación de registro y/o control del tiempo de trabajo, detectando infracciones en ambos aspectos, con importantes cifras de sanciones que puedes consultar aquí:
http://prensa.mitramiss.gob.es/WebPrensa/noticias/laboral/detalle/3647
En SERPYME ya hace unas semanas que estamos ofreciendo a nuestros clientes información, asesoramiento y revisión especializados según su sistema de registro y condiciones particulares sobre jornada aplicable, con algunas matizaciones y propuestas de mejoras a fin de dar cumplimiento debido a las normas reguladoras de estas materias.
Tal y como recoge la Guía editada por el MTMSS, es válido cualquier soporte – papel o telemático – apto para cumplir el objetivo legal: proporcionar información fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori. La premisa esencial a este objetivo es que el registro se realice día a día y detalle el inicio y final de la jornada.
Para el año próximo ya se anuncia una nueva campaña de inspección sobre el registro que, además, apunta a los sectores de actividad prioritarios en la actual: hostelería, consultoría, banca y comercio, entre otros.
Si todavía tienes dudas o quieres que llevemos a cabo una revisión personalizada del cumplimiento por tu empresa de las obligaciones de registro de jornada y control de tiempo de trabajo, ponte en contacto con el Departamento Laboral de ASESORÍA SERPYME, y evita riesgos innecesarios de enfrentar una sanción.
SERPYME // 12.11.2019
Documentación e información relacionadas:
http://www.mitramiss.gob.es/ficheros/ministerio/GuiaRegistroJornada.pdf
https://www.serpyme.es/noticias/item/204-registro-obligatorio-de-la-jornada-laboral
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