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¿Es interesante para mi empresa un Convenio Colectivo?

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La reforma de la negociación colectiva introdujo interesantes posibilidades para regular las condiciones laborales mediante los convenios colectivos de empresa.

Lo más relevante, la prioridad aplicativa de estos convenios de ámbito empresarial respecto de los estatales, autonómicos o provinciales, en relación a las materias tasadas legalmente: cuantía del salario y complementos salariales, horario y régimen de jornada, adaptación del sistema de clasificación profesional y de las modalidades de contratación, medidas para favorecer la conciliación; así como los contenidos que los acuerdos generales o convenios sectoriales les atribuyan.

 

          Los acuerdos generales y convenios sectoriales estatales, al establecer las reglas sobre la estructura de la negociación colectiva, se reservan materias sobre las que no es posible negociar en ámbito inferior – como el convenio de empresa – entre las que podemos destacar el periodo de prueba, la clasificación profesional o el régimen disciplinario.

 

          No obstante, bajo estas reglas de estructura negocial, el convenio de empresa es posible negociarlo en cualquier momento de la vigencia de convenios colectivos de ámbito superior y, con esa prioridad en materias concretas que le reconoce la ley, permite acercar las condiciones laborales a la realidad empresarial.

 

          Es imprescindible para negociar un convenio de empresa estatutario que existan sujetos legitimados por ambas partes negociadoras; por la empresa, lo habitual es que sea el propio empresario; por los trabajadores, habrá que contar con Delegados de Personal o, en su caso, el Comité de Empresa.

 

          De no tener representación legal los trabajadores, las vías legales para “descolgarse” de las normas convencionales serán únicamente la del procedimiento de inaplicación de las condiciones laborales o la de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, siempre necesitadas de justificación y causas, ya sean económicas, técnicas, organizativas o productivas, definidas en la propia ley.

 

                                                                     SERPYME  //  FEBRERO/2014

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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