FLEXIBILIDAD DE JORNADA
El contrato a tiempo parcial como medida de ajuste de costes laborales.
Cuando en la empresa surge la necesidad de contar con más trabajadores, en no pocas ocasiones tenemos la inseguridad de que se alcance la productividad necesaria para compensar los costes laborales, por tratarse de actividades no consolidadas, irregulares, etc. que no permiten incluso dar ocupación al nuevo empleado por el tiempo completo de la jornada ordinaria.
El contrato a tiempo parcial puede resultar en este escenario la opción menos arriesgada, al menos en lo que a coste se refiere. Además, el amplio margen que otorga la ley al porcentaje de parcialidad, junto a la posibilidad de pactar horas complementarias y voluntarias, dotan de flexibilidad a la jornada laboral; todo ello, sin perjuicio de la obligación de llevar el registro diario de las jornada efectivamente realizada por el trabajador.
El pacto de horas complementarias con el trabajador a tiempo parcial, que necesariamente tiene que suscribirse por escrito, puede hacerse en cualquier momento siempre que el contrato sea por una jornada no inferior a 10 horas semanales. Las horas complementarias serán entre un 30% y un 60%, según fije el convenio colectivo aplicable.
Además, si el contrato es indefinido, la empresa pude ofrecer al trabajador a tiempo parcial la realización de horas complementarias voluntarias, entre un 15% y un 30% de las ordinarias, cuyo cómputo es independiente de las anteriores.
Veamos un ejemplo: un trabajador indefinido a media jornada (20 h./sem. ordinarias) podría realizar desde 29 h. hasta 38 h. semanales – entre ordinarias, complementarias y voluntarias -, dependiendo de los límites del convenio colectivo. La cuestión es que sólo tendrá el gasto de estas jornadas semanales si efectivamente la realiza, de modo que se limita el coste fijo de las 20 h. de la jornada ordinaria.
La contratación a tiempo parcial con pacto de horas complementarias es un instrumento inmejorable para adaptar las horas trabajadas a las necesidades de la empresa.
SERPYME // 11.05.2015
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