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¿Los anticipos de clientes llevan IVA?

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Un anticipo de clientes es la cantidad de dinero que un cliente nos entrega a cuenta de una venta o servicio.

La Ley 37/1992 del IVA, en su artículo 75.Dos regula el devengo de los anticipos, y establece lo siguiente:

“en las operaciones sujetas a gravamen que originen pagos anticipados anteriores a la realización del hecho imponible, el impuesto se devengará en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos”.

Es decir, al percibir un anticipo, será obligatorio emitir una factura por el importe cobrado, al cual se le aplicará el IVA correspondiente. Este IVA repercutido se declarará en el modelo 303 del trimestre correspondiente al cobro del anticipo. Además, si el anticipo se cobra en un ejercicio previo al de la factura definitiva, se deberá declarar en el modelo 347, declaración anual con terceros.

En el momento que la operación se complete, se deberá emitir una factura por la totalidad del precio. En esta nueva factura se descontará el anticipo y sólo deberá figurar el IVA pendiente de facturar.

No declarar el IVA de un anticipo puede conllevar sanciones por parte de la Agencia Tributaria ya que, tal y como recogen los artículos 191 y 192 de la Ley General Tributaria, podrá suponer una infracción dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación, así como, el incumplimiento de la obligación de presentar de forma completa y correcta las declaraciones o documentos necesarios para que la Administración tributaria pueda practicar las liquidaciones correspondientes.

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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