El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 incorpora algunas novedades en relación con la gestión de la incapacidad temporal, sobre la que también se está elaborando un real decreto con el objetivo de mejorar el control de las situaciones de baja médica y agilizar los procesos, y que regulará los tiempos de emisión de los partes de baja y confirmación según su duración probable, que se fijará según patología, edad y ocupación del trabajador.
La ley incluye una previsión de suspensión cautelar del derecho al subsidio de I. T. cuando se produzca incomparecencia a las citas médicas, tanto del INSS como de las Mutuas, a fin de comprobar si existe o no justificación de la inasistencia. Remite al desarrollo reglamentario posterior el procedimiento de suspensión y sus efectos.
También contiene algunas matizaciones sobre la colaboración obligatoria de las empresas (pago delegado de la prestación), y de la regulación de la duración máxima incluidas recaídas (545 días) y la extinción por propuesta de incapacidad permanente sin haber agotado los 365 días, manteniendo la situación de prolongación de los efectos económicos hasta la calificación de incapacidad permanente.