De nuevo, se ha aprobado la prórroga de las medidas sociales en defensa del empleo para los cuatro meses, entre febrero y mayo, que tendrá vigencia el estado de alarma decretado el 25 de octubre del pasado año.
Las medidas concretas no son nuevas, pero sí introducen algunos matices que pretender dar mayor cobertura, tanto a los trabajadores y autónomos afectados por la crisis de la pandemia, como a las empresas que no pueden desenvolver su actividad económica.
Estos los ERTE que se prorrogan y sus exoneraciones de cuotas:
FUERZA MAYOR (total o parcial): los iniciados con el estado de alarma decretado en marzo del pasado año, prorrogan su duración hasta el 31 de mayo. Se benefician de exoneraciones los sectores que tienen una elevada tasa de cobertura de ERTE y reducida tasa de recuperación (sectores ultraprotegidos, según Anexo de CNAE), y aquellas cuyo negocio dependa de éstas o que formen parte de la cadena de valor. Los porcentajes son, para todo el periodo, del 85% si tienen menos de 50 trabajadores, o del 75% si tienen cincuenta o más.
F.M. IMPEDITIVA: derivada de restricciones que impidan el desarrollo de la actividad; las exoneraciones son del 100% ó del 90%, en función del número de trabajadores, estando su duración condicionada por el mantenimiento de las restricciones de impedimento.
F.M. LIMITATIVA: las restricciones implican la limitación del desarrollo normalizado de la actividad empresarial; las exoneraciones van igualmente condicionadas al total de trabajadores, con menos de 50 serán del 100%, 90%, 85% y 80%, y con cincuenta o más trabajadores son de 90%, 80%, 75% y 70%, sucesivamente para los cuatro meses de vigencia.
Estos dos últimos tipos de ERTE se prorrogan automáticamente a partir del 1 de febrero, si están en aplicación y mientras concurra la causa restrictiva que los motivó, o pueden solicitarse y tramitarse nuevos a partir de las nuevas restricciones y medidas sanitarias que afecten a las empresas. Como novedad, importante de cara a la simplificación en su tramitación, podrán mutarse las situaciones impeditiva y limitativa, en función de la modulación de las restricciones, sin necesidad de hacer una solicitud de ERTE nueva. Bastará comunicar el cambio de situación a la Autoridad Laboral y a los representantes legales de los trabajadores.
ERTE POR CAUSAS ETOP: se mantendrán en los términos pactados y/o comunicados a la Autoridad Laboral, y podrán prorrogarse por acuerdo en periodo de consultas. Las exoneraciones siguen siendo del 85% ó 75% según plantilla y solo para los sectores ultraprotegidos.
En cuanto los límites y prohibiciones, sigue aplicándose la obligación de mantener la plantilla durante un nuevo periodo de seis meses para beneficiarse de exoneraciones de cuotas, la prohibición de realizar horas extras y de nuevas contrataciones directas o indirectas, así como la consideración como no justificada de la extinción del contrato o despido por causas relacionadas con la Covid-19 (“prohibición de despido”).
Las personas trabajadoras afectadas por ERTE cuentan con los mecanismos de protección por desempleo vigentes: exención del periodo de carencia, contador a cero, prestación del 70% de la base reguladora y medidas de previsión adicionales para los trabajadores fijos discontinuos.
Por último, también se mantiene vigente la interrupción del cómputo de duración de los contratos temporales durante la suspensión de contrato por aplicación del ERTE.
SERPYME // 27.01.2021
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