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Pago en efectivo de facturas de más de 1.000€

Pago facturas mas de 1000 euros

Desde el año 2021 está prohibido realizar pagos en efectivo de un importe igual o superior a 1.000€ cuando una de las partes que intervenga en la operación sea un empresario o profesional (Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal).

La sanción que la Administración Tributaria fija por el incumplimiento de esta norma es el 25% del pago realizado en efectivo. En caso de que ambas partes sean empresarios, deberán responder solidariamente a la misma puesto que ambos se consideran sujetos infractores, es decir, Hacienda podrá exigir el pago a cualquiera de ellos.

Se prohíbe de igual manera el pago fraccionado de una factura de importe igual o superior a 1.000€, por tanto, si el importe total de la factura son 1.000€ y se pagan 900€ en efectivo y 100€ por transferencia, se estaría incumpliendo la norma, pero en este caso, la sanción sólo se calcularía sobre la cantidad pagada en efectivo, es decir, el 25% de los 900€.

Esta limitación a los pagos o cobros en efectivo presenta una excepción cuando se realizan en entidades de crédito. Se permite así el pago en efectivo de más de 1.000€ cuando se realice en una sucursal bancaria quedando identificada la persona, el tipo de operación y el número de factura. En este supuesto, ambas partes deberán conservar el justificante de pago durante cinco años a contar desde la fecha de pago.

Destacar por último que, se aplican los mismos criterios descritos en las operaciones de préstamo cuando una de las partes sea un empresario o profesional.

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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