Ya se ha puesto en marcha desde el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social el control de la contratación temporal que se incluye en el Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2020.
Por el citado Organismo Estatal se ha iniciado el envío de comunicaciones a las empresas en los casos que detectan, al consultar datos en TGSS, que los contratos temporales superan los periodos máximos legales, más de 48 meses en contratos de obra o servicio, o que existe encadenamiento de contratos temporales por un periodo de 24 meses en los últimos 30 meses.
En dicha comunicación, se insta a la empresa destinataria a que proceda a regularizar dichos contratos, esto es, a transformarlos en indefinidos, toda vez que en esos supuestos los trabajadores han adquirido la condición de fijos en la empresa. Y así mismo se informa que, de no llevar a cabo la conversión en indefinidos de aquéllos, serán objeto de la correspondiente actuación inspectora, advirtiendo que la transgresión de la normativa sobre modalidades de contrato está tipificada como infracción grave en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social. Las multas, según sean de grado mínimo a máximo, tienen una cuantía de 626,-€ hasta 6.250,-€.
Estas actuaciones por el Organismo Estatal derivan de la simple comprobación de los datos que constan en la Tesorería General de la Seguridad Social; no obstante, el Plan Director apunta también el refuerzo de las actuaciones y visitas a las empresas por parte de las Direcciones Provinciales de la ITSS, intensificando el control sobre contratación temporal y contratos a tiempo parcial, realización de horas extras y falsos autónomos, habilitando la posibilidad de que se lleven a cabo en horario nocturno, días festivos, etc. a fin de dar mayor efectividad a las actuaciones.
SERPYME // 08.08.2018
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