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¿Se puede deducir el IVA de los tickets?

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La deducción del IVA soportado es esencial para las sociedades pero, ¿qué sucede cuando los gastos se documentan con facturas simplificadas, lo que denominamos tickets, en lugar de facturas completas? El reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación establece requisitos específicos que determinan si el IVA soportado es deducible.

Requisitos que deben cumplir las facturas para que el IVA pueda ser deducible:

  • Identificación completa: Las facturas deben incluir los datos completos del obligado a expedir la factura y del destinatario, tales como nombre, domicilio y número de identificación fiscal.
  • Descripción detallada: Es necesario especificar los bienes o servicios prestados, incluyendo cantidad, precio unitario y total.
  • Fecha de emisión
  • Numero de factura
  • El tipo impositivo aplicado a las operaciones, la base imponible, cuota y total desglosados.

¿Por qué la mayoría de los tickets no se pueden deducir? Las facturas simplificadas no suelen cumplir con estos requisitos formales ya que carecen de toda la información descrita, por lo que dificulta la verificación por parte de la Agencia Tributaria de la realidad de estos gastos y su correlación con los ingresos y, en consecuencia, la deducción del IVA soportado.

Para asegurar que el IVA sea deducible, los contribuyentes deben solicitar FACTURAS COMPLETAS o en su caso, verificar que los tickets contienen toda la información mencionada.

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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