El BOCyL de hoy, 21 de mayo, publica la declaración del nivel 3 de alerta y la actualización de medidas de prevención y control para toda la Comunidad, con efectos desde hoy y mientras subsista la situación, que será objeto de seguimiento por la Consejería de Sanidad.
A continuación hacemos una breve síntesis de las medidas de aforos y horarios aplicables en este nivel para las actividades empresariales. En establecimientos, instalaciones y locales sigue vigente la obligación de tener expuesto al público un cartel informativo con el aforo máximo permitido según nivel de alerta.
Comercio minorista: 50% de aforo máximo, siempre que sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal; si no fuera posible, restricción a un cliente.
Centros comerciales: en zonas comunes, limitación a un tercio de aforo; en establecimientos individuales, límite de aforo del 50%, con las especificaciones del apartado anterior.
Centros privados de enseñanza: aforo máximo de un tercio.
Hostelería y restauración: no está permitido el consumo en barra o de pie. Los aforos según zonas son:
– interiores: 75% en salas de hasta 40 comensales, 30 personas en las de 41-60, y del 50% en salas de más de 60 comensales. Distancia mínima entre mesas de 2 m.
– terrazas: 75% de mesas permitidas según licencia municipal. Distancia 1,5 m.
Horarios: en exteriores a la 1:00 y en interiores a las 00:00 h., sin que puedan admitirse nuevos clientes una hora antes de cada límite según zona.
Se mantienen las excepciones ya vigentes en servicios de entrega a domicilio o recogida en establecimiento o en vehículo, así como en las áreas de servicio y centros de carga y descarga.
Cines, teatros, auditorios, etc.: aforo máximo del 50%, con distancia de un asiento en la misma fila o de 1,5 m. si no son asientos fijos, entre los espectadores de distintos grupos de convivencia.
Como medida especial, la JCyL ha informado que va a solicitar al órgano judicial autorización para la limitación de permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados en horario nocturno, entre la 1:00 y las 6:00 de la madrugada, a un máximo de seis personas.
SERPYME // 21.05.2021
Si quieres consultar el contenido completo en el Boletín Oficial, utiliza estos enlaces:
Nivel 3: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/05/21/pdf/BOCYL-D-21052021-17.pdf
Modif.: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/05/21/pdf/BOCYL-D-21052021-16.pdf
Acuerdo 46/2021: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/05/07/pdf/BOCYL-D-07052021-24.pdf