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TODO EL TERRITORIO DE CASTILLA Y LEÓN EN NIVEL 3

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El BOCyL de hoy, 21 de mayo, publica la declaración del nivel 3 de alerta y la actualización de medidas de prevención y control para toda la Comunidad, con efectos desde hoy y mientras subsista la situación, que será objeto de seguimiento por la Consejería de Sanidad.                              

 

            A continuación hacemos una breve síntesis de las medidas de aforos y horarios aplicables en este nivel para las actividades empresariales. En establecimientos, instalaciones y locales sigue vigente la obligación de tener expuesto al público un cartel informativo con el aforo máximo permitido según nivel de alerta. 

 

Comercio minorista: 50% de aforo máximo, siempre que sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal; si no fuera posible, restricción a un cliente.

 

Centros comerciales: en zonas comunes, limitación a un tercio de aforo; en establecimientos individuales, límite de aforo del 50%, con las especificaciones del apartado anterior.

 

Centros privados de enseñanza: aforo máximo de un tercio.

 

Hostelería y restauración: no está permitido el consumo en barra o de pie. Los aforos según zonas son:

– interiores: 75% en salas de hasta 40 comensales, 30 personas en las de 41-60, y del 50% en salas de más de 60 comensales. Distancia mínima entre mesas de 2 m.

– terrazas: 75% de mesas permitidas según licencia municipal. Distancia 1,5 m.

Horarios: en exteriores a la 1:00 y en interiores a las 00:00 h., sin que puedan admitirse nuevos clientes una hora antes de cada límite según zona.

Se mantienen las excepciones ya vigentes en servicios de entrega a domicilio o recogida en establecimiento o en vehículo, así como en las áreas de servicio y centros de carga y descarga.

 

Cines, teatros, auditorios, etc.: aforo máximo del 50%, con distancia de un asiento en la misma fila o de 1,5 m. si no son asientos fijos, entre los espectadores de distintos grupos de convivencia.

 

            Como medida especial, la JCyL ha informado que va a solicitar al órgano judicial autorización para la limitación de permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados en horario nocturno, entre la 1:00 y las 6:00 de la madrugada, a un máximo de seis personas.

 

                                                                                              SERPYME  //  21.05.2021

 

Si quieres consultar el contenido completo en el Boletín Oficial, utiliza estos enlaces:

 

Nivel 3: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/05/21/pdf/BOCYL-D-21052021-17.pdf

Modif.: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/05/21/pdf/BOCYL-D-21052021-16.pdf

Acuerdo 46/2021: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/05/07/pdf/BOCYL-D-07052021-24.pdf

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

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        Alcance de la auditoria:

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