El BOE del sábado ha publicado el R.D. Ley de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida aprobado por el gobierno, que está ya vigente al día de hoy.
Son reducciones en la cotización que afectan a la cuota patronal por contingencias comunes en los nuevos contratos indefinidos, celebrados entre el 25 de febrero y el 31 de diciembre de 2014.
Las cuantías de la cotización son de 100 €, 75 € ó 50 € mensuales, según sean contratos a tiempo completo o a tiempo parcial, con un mínimo del 75% y 50% de jornada, respectivamente.
La duración de estas medidas se fija en 24 meses; durante los doce meses siguientes, si la empresa tiene menos de diez trabajadores, podrá tener una reducción del 50% de la cuota por contingencias comunes del trabajador contratado.
Entre los requisitos y condiciones, además de los generales de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y de seguridad social, destacamos el de mantener durante tres años el nivel de empleo indefinido y el nivel de empleo total alcanzado con la contratación que obtiene la reducción.
Como en toda medida de bonificación o reducción, el decreto incorpora una serie de exclusiones, por lo que es necesario analizar detenidamente cada caso. El incumplimiento de los requisitos o la aplicación indebida de la reducción conllevan la obligación de reintegro, además de la posible sanción.
SERPYME-LABORAL // MARZO.2014