Saltar al contenido Ir a la barra lateral Saltar al pie de página

BONIFICACIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE EMPLEO POR CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, LABORAL Y FAMILIAR

image_pdfimage_print

            Os ofrecemos un breve resumen de las bonificaciones vigentes en los contratos para sustituir a los trabajadores/as que ejerciten sus derechos de conciliación de la vida laboral y familiar.

  

1.- Para trabajadores por cuenta ajena.

 

            Los contratos de interinidad celebrados con desempleados para sustituir trabajadores durante los periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia tienen una bonificación del 100% de la cuota empresarial del interino y del trabajador en situación de descanso, mientras dure la sustitución.

 

            Los contratos de interinidad celebrados con perceptores de prestaciones por desempleo para sustituir a trabajadores en excedencia por cuidado de familiares disfrutan de una bonificación del 95, 60 y 50% de la cuota de contingencias comunes, en el primer, segundo y tercer año, respectivamente.

 

2.- Para trabajadores por cuenta propia o autónomos.

 

            El autónomo que suspenda la actividad por encontrarse en descanso por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia natural y que sea sustituido por un desempleado con contrato bonificado tiene una bonificación del 100% de la cuota mínima o fija con el tipo obligatorio mientras dure la sustitución.

 

            Si contrata un trabajador a tiempo completo o parcial, manteniendo el alta en RETA, en los supuestos de cuidado de menor de 7 años o familiar a cargo en situación de dependencia, durante un mínimo de tres meses y con un máximo de doce, la bonificación será del 100% ó 50%, según sea jornada completa o parcial, respectivamente, sobre la cuota media de contingencia comunes de los últimos doce meses.

 

 

                                                                                               SERPYME  //  08.07.2015

(Todas las noticias publicadas en esta pagina son de elaboración propia. Queda prohibida su copia o difusión sin permiso expreso de los autores)

    Introduce tu
    email

    Te enviaremos la guía seleccionada a tu dirección de correo electrónico

      Introduce tu
      email

      Te enviaremos la guía seleccionada a tu dirección de correo electrónico

        Introduce tu
        email

        Te enviaremos la guía seleccionada a tu dirección de correo electrónico

        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

          Introduce tu
          email

          Te enviaremos la guía seleccionada a tu dirección de correo electrónico