Saltar al contenido Ir a la barra lateral Saltar al pie de página

¿Está mi empresa obligada a implantar un buzón de denuncias?

buzon_denuncias_empresas_asesoria_serpyme
image_pdfimage_print

El pasado 21 de febrero de 2023 se publicó la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Esta ley obliga a las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados cincuenta o más trabajadores, a disponer de un Sistema Interno de Información. Su finalidad principal es proteger a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves y las comuniquen a través de la implantación de canales internos de información.

Los requisitos principales que debe reunir este Sistema son:

· Estar diseñado y gestionado de una forma segura. Debe garantizar la confidencialidad de la identidad del informante y de todas las actuaciones que se desarrollen en la gestión y tramitación de la misma, así como la protección de datos.

· Permitir la presentación de comunicaciones tanto de forma escrita como verbal.

· Contar con un responsable del sistema en los términos previstos en la ley.

El responsable de la implantación del Sistema, previa consulta con la representación legal de las personas trabajadoras, será el órgano de administración o el órgano de gobierno de cada entidad. También tendrá la condición de responsable del tratamiento de los datos personales de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos personales. En lo que respecta a la gestión del sistema y la tramitación de las comunicaciones, las entidades deberán contar con un responsable del Sistema Interno de Información.

El plazo máximo para establecer este sistema es de tres meses desde la entrada en vigor de la ley, es decir, hasta el 13 de junio. Como excepción, en el caso de las entidades jurídicas del sector privado con doscientos cuarenta y nueve trabajadores o menos, el plazo previsto se extenderá hasta el 1 de diciembre de 2023.

Por último, destacar que se permite la comunicación anónima, por lo que las entidades deberán ajustar su sistema interno de información a este tipo de denuncias.

    Introduce tu
    email

    Te enviaremos la guía seleccionada a tu dirección de correo electrónico

      Introduce tu
      email

      Te enviaremos la guía seleccionada a tu dirección de correo electrónico

        Introduce tu
        email

        Te enviaremos la guía seleccionada a tu dirección de correo electrónico

        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

          Introduce tu
          email

          Te enviaremos la guía seleccionada a tu dirección de correo electrónico